Dicha decisión judicial fue emitida por la juez de Sentencia Penal No. 6 de Cochabamba, a favor de una Acción de Libertad promovida por el ala “evista”. La Presidencia de la Asamblea se dio por enterada del fallo, pero consideró que contraviene la Constitución.
La Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a cargo de David Choquehuanca, restó competencia y desconoció facultades de la decisión judicial que salió a favor del “evismo” para que se convaliden las leyes aprobadas en la sesión encabezada por Andrónico Rodríguez.
Consideró que esta decisión judicial no tiene competencia para disponer sobre otro Órgano del Estado.
Según los “evistas”, la juez ordenó a Choquehuanca convocar a sesión de Asamblea en 72 horas y convalidar las leyes aprobadas el 6 de junio que, a la cabeza de Andrónico Rodríguez.
Entre dicha sesión del 6 de junio, se aprobaron leyes para la cesación de magistrados prorrogados, un crédito de 176 millones de dólares, además del decreto de indulto y amnistía.
Sin embargo, la Presidencia de la Asamblea denunció que la juez dejó en la indefensión a Choquehuanca, porque lo involucró en el caso sin que éste haya sido notificado previamente.
Consideró “incoherente” la decisión de la juez y que “excede la razonabilidad jurisdiccional” al disponer que se convoque a sesión ene l plazo de 72 horas.
“Tal orden carece de fundamento competencial, ya que no tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones de otro Órgano del Estado, en clara contravención a la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia establecida por el
Tribunal Constitucional Plurinacional”, dice un comunicado de la Presidencia de la Asamblea.
Fuente: OPINIÓN