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Presidente del TSJ dice que la autoprorroga es legal y no es posible pensar en una renuncia

El presidente del TSJ, Marco Ernesto Jaimes, fue consultado sobre una eventual renuncia de magistrados a sus cargos, algo que descartó con el argumento de que “rompería la institucionalidad, generaría vulneración a los derechos y garantías de las personas”

De ninguna manera es posible pensar en una renuncia”, dijo este miércoles el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Marco Ernesto Jaimes, quien sostuvo que debe cumplir con una “resolución constitucional establecida en el marco de la Constitución y en el marco del procedimiento constitucional, el Código Procesal Constitucional, que establece el carácter vinculante y obligatorio de toda resolución constitucional, como es el caso de la Declaración 49”.

Con ello, Jaimes descartó su renuncia al cargo junto con sus colegas, pese a los reclamos de diversos sectores sociales y actores políticos que cuestionan la ‘autoprórroga’.

No es posible pensar en dejar un vacío de poder, en este caso del Órgano Judicial porque eso precisamente rompería la institucionalidad, generaría vulneración a los derechos y garantías de las personas cuya protección se encomienda al propio Tribunal Supremo de Justicia”, remarcó.

Los magistrados que continuarán en el cargo este año fueron elegidos en diciembre de 2027 y, de acuerdo al artículo 35 de la Ley 25 del Órgano Judicial, tienen un período de mandato por seis años computables a partir del día de su posesión y no podrán ser reelegidas ni reelegidos.

En diciembre de 2023, los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) dieron a conocer la resolución que dicta la prórroga de su mandato hasta que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) preseleccione a candidatos a jueces y el Órgano Electoral lleve adelante los comicios judiciales.

Al respecto, este miércoles, Jaimes sostuvo que este dictamen es “absolutamente legal y constitucional” y que las cuestionantes suceden porque se han hecho conocer diferentes puntos de vista que prevalecen lo político por encima de lo jurídico.

Existe evidentemente una norma regla que establece el tiempo de duración del periodo de funciones. Sin embargo, por encima de esa norma regla, existen normas, principio, existe una parte dogmática en la constitución que tiene aplicación preferente precisamente por mandato de la propia constitución”, sostuvo el presidente del TSJ.

 

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