A finales de la semana pasada se conoció que el Tribunal Constitucional Plurinacional admitió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la convocatoria del presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, a una sesión en medio del receso legislativo, y dispuso la suspensión de la competencia del legislador y de su Directiva de cualquier actuación relativa a convocatorias como la hecha.
La tarde de este martes, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) notificó al presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, sobre su decisión de suspender su competencia durante el receso legislativo.
“Notifique a Andrónico Rodríguez, presidente de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, con el auto constitucional 0558/2023-CA de fecha 29 de diciembre de 2023, dentro del expediente sobre recurso de nulidad”, dice la parte central del documento con el que el TCP notificó su decisión.
A finales de la semana pasada se conoció que el Tribunal Constitucional Plurinacional admitió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la convocatoria del presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, a una sesión en medio del receso legislativo, y dispuso la suspensión de la competencia del legislador y de su Directiva de cualquier actuación relativa a convocatorias como la hecha.
Los senadores Ana María Castillo, Rubén Gutiérrez, Virginia Velasco y Eva Luz Humerez presentaron el recurso directo de nulidad contra la convocatoria realizada por Andrónico Rodríguez para que el Senado sesione a pesar del receso parlamentario vigente desde el 23 de diciembre, dispuesto por el vicepresidente David Choquehuanca sin la formación de la Comisión de Asamblea, por falta de acuerdos entre las fuerzas políticas.
En la cuestionada sesión, el Senado aprobó el proyecto de ley “de uso, control y funcionamiento técnico del dispositivo electrónico de vigilancia” que estaba paralizado desde octubre.
En el auto constitucional, según información de medio estatales, se admitió el recurso y se ordenó a Rodríguez y a los miembros de su Directiva que, “de manera inmediata remitan los antecedentes relativos al caso en concreto a este Tribunal”.
También se dispuso la “suspensión de la competencia del Presidente de la Cámara de Senadores y de los miembros de la señalada Directiva recurridos, desde el momento de la notificación con el presente Auto Constitucional, con relación a cualquier actuación –de la naturaleza que sea- emergentes de las convocatorias objeto del presente recurso, debiendo tener presente que será nulo de pleno derecho todo acto o disposición que se realice o emita con posterioridad por parte de las autoridades recurridas”.
De acuerdo a la demanda, Rodríguez “ejerció una atribución que no está reservada para su cargo durante el receso legislativo” e incurrió “en una vulneración y ejercicio indebido de su cargo, porque siendo Presidente de la Cámara de Senadores asumió funciones que le competen únicamente al Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional y al Presidente del Estado”.
Fuente: OXÍGENO.BO