- Autoridades explican cómo votar en las papeletas y alertan sobre sanciones por delitos electorales durante la jornada
Potosí, Kollasuyo Digital
A pocos días de las elecciones subnacionales, autoridades electorales informaron sobre la estructura de las papeletas que serán utilizadas por los ciudadanos del departamento de Potosí, así como las sanciones previstas para quienes cometan delitos electorales durante la jornada.
Estructura de la papeleta departamental

En el caso de la papeleta departamental, en la primera franja se consignan las candidaturas a Gobernador del departamento de Potosí. En la segunda línea se vota por las candidaturas a asambleístas departamentales por territorio y hay una tercera franja donde se deberá marcar para asambleístas por población.
Es decir, la ciudadanía que acuda a las elecciones del 22 de marzo deberá marcar tres veces en la papeleta para elegir gobernador.
Existen algunas variaciones en otros departamentos. Por ejemplo, en Beni se incluye una cuarta franja destinada a la elección del corregidor, y en lugar de asambleístas por población se vota por subgobernador.
Papeleta municipal y voto cruzado

Respecto a la papeleta municipal, en la primera franja los electores deben marcar su preferencia por las candidaturas a alcalde o alcaldesa, mientras que en la segunda franja se vota por los concejales.
Se aclara que los votantes pueden emitir su voto de manera independiente en cada franja, lo que permite el denominado “voto cruzado”, es decir, elegir a un candidato a alcalde o alcaldesa de una agrupación y, en la franja inferior, optar por concejales de otra organización política.
Delitos electorales y sanciones
Por su parte, el presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED), Víctor Hugo Vega del Carpio, advirtió sobre los delitos electorales que serán sancionados durante la jornada del próximo domingo.
Entre ellos se encuentra el uso de documentos falsos, considerado un delito de falsedad ideológica o material, que será sancionado conforme al Código Penal. Asimismo, está prohibido destruir ánforas electorales, acción que puede derivar en una pena privativa de libertad de uno a tres años.
También se sancionará la instalación ilegal de mesas de votación, con penas de uno a tres años de cárcel, así como la firma de actas electorales con datos falsos por parte de jurados, quienes enfrentarán las sanciones establecidas por ley.
De igual manera, provocar desorden o impedir el desarrollo normal del proceso electoral con disturbios puede ser castigado con penas de dos a cinco años de privación de libertad. A esto se suma la prohibición de realizar propaganda ilegal o inducir el voto mediante estudios de opinión o difusión no autorizada, lo que también conlleva sanciones de uno a tres años.
Documento válido para votar
Finalmente, se recordó a la población que el único documento válido para sufragar es la cédula de identidad vigente. De manera excepcional, también se aceptará el documento vencido, siempre que no tenga una antigüedad mayor a un año.
Por: Willy Alcocer Salas

