
Diputados sanciona ley para las elecciones subnacionales y la remite al Ejecutivo para su promulgación
- Redacción Central
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La Paz, 20 de noviembre de 2025 (ABI). – Al filo del plazo establecido por el Tribunal Supremo Electoral, la Cámara de Diputados sancionó la madrugada de este jueves la ley para las elecciones subnacionales de 2026 y la remitió al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
La sesión se prolongó hasta horas de la madrugada de este jueves, tras su inicio a las 21h30 del miércoles, poco después de que recibiera el informe de la Comisión de Constitución que avaló el proyecto inicial remitido por la Cámara de Senadores y rechazó las modificaciones sugeridas por el Comité de Democracia y Sistema Electoral.
A pesar de que los legisladores de la Alianza Libre expresaron su rechazo y exigían incorporar ajustes, en su estación en grande la norma fue aprobada por unanimidad pasada las 23h30.
En su estación en detalle la propuesta legal logró apoyo mayoritario. No obstante, Libre insistió en que se realicen modificaciones para permitir que más organizaciones políticas puedan participar de las elecciones subnacionales, pero no logró el respaldo necesario.
Compuesta por cinco artículos y tres disposiciones finales, la futura ley establece un régimen excepcional y transitorio para la realización de las elecciones de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales, previstas para marzo de 2026.
Regulará las elecciones en los departamentos que no cuentan con estatutos autonómicos, en los municipios sin cartas orgánicas y en las autonomías indígenas que carecen de estatutos.
Con la futura ley, en el departamento de Beni se elegirá por primera vez a un vicegobernador o vicegobernadora, y Potosí y Chuquisaca incrementarán sus asambleístas departamentales.
Conforme a la ley aprobada, la labor del vicegobernador o vicegobernadora de Beni será definida por una ley departamental.
Con esto, Beni será el cuarto departamento que elegirá a vicegobernador después de Santa Cruz, Tarija y Pando.
A la par, la futura ley plantea la creación de dos escaños indígenas en Chuquisaca: 1 Qhara Qhara y 1 Yampara, que se sumarán a los 2 guaranís actuales; además se crea un escaño indígena en Potosí: 1 Qhara Qhara, que será el primero de ese tipo en el departamento.
Además, en el caso de Chuquisaca, se estableció que en la provincia Oropeza se adicione dos asambleístas porque en esta se encuentra la ciudad de Sucre, donde se concentra más del 60% de la población del departamento.
Con ello, Chuquisaca pasará de tener 21 asambleístas departamentales, electos en 2021, a 25. Mientras que Potosí de 32 a 33 asambleístas departamentales.
La norma dispone, además, no aplicar el parágrafo II del artículo 51 que establece que “en cualquier otro proceso electoral en el que participen organizaciones políticas, las alianzas deberán registrarse al menos sesenta (60) días antes de la emisión de la convocatoria”.
La disposición final primera establece que, “para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026), de forma excepcional no se aplicarán los plazos establecidos en el artículo 51.II de la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, debiendo el Tribunal Supremo Electoral incorporar en el calendario electoral, los plazos límite para el registro de alianzas políticas”.
Cumplido el trámite en el Legislativo, sólo resta que el Órgano Ejecutivo promulgue la ley para que el TSE emita la convocatoria a las elecciones subnacionales.
Jfcch/CC
Fuente: ABI

