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TCP ratifica que Evo Morales no podrá ser candidato a presidente

El Tribunal Constitucional Plurinacional ratifica que Evo Morales no podrá postularse a la presidencia nuevamente, al confirmar que la reelección está limitada a dos mandatos, ya sean continuos o discontinuos.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió un fallo que ratifica la prohibición de reelección continua o discontinua para el cargo de Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, lo que confirma que Evo Morales no podrá volver a postularse a la presidencia.

En el Auto Constitucional 0083/2024 ECA, el Tribunal resolvió una solicitud de enmienda, aclaración y complementación de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1010/2023-S4, presentada por el diputado José Carlos Gutiérrez Vargas, en el marco de un amparo constitucional interpuesto por Miguel Ángel Balcázar Ruiz contra David Choquehuanca Céspedes, presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

El fallo establece que el período de mandato de los representantes nacionales, ya sean del Ejecutivo, Legislativo o Judicial, se sujeta a las reglas constitucionales vigentes, lo que limita a los titulares de estos cargos a un máximo de dos períodos, ya sean continuos o discontinuos.

 

 

Según el TCP, el objetivo del Constituyente es evitar la permanencia excesiva de una autoridad electa en cualquiera de los poderes del Estado.

“El periodo de mandato de los representantes nacionales, se sujetará a las reglas constitucionales señaladas en el mismo, siendo posible para los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el ejercicio de dicho mandato por dos periodos similares, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato; dado que, el fin del Constituyente, a partir de lo determinado por la Constitución Política del Estado en actual vigencia, es evitar de cualquier modo, la permanencia de una autoridad electa; en el caso de los Órganos Ejecutivo y Legislativo por más de diez años; en el Judicial por más de 12 años; y en el Electoral a uno solo sin posibilidad a reelección”.

Con este auto constitucional el TCP ratifica que Evo Morales y cualquier autoridad solo puede ejercer por dos mandatos sea esta continua o discontinua.

Fuente: RED UNO

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