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SIN amplía hasta el 29 de mayo el plazo para el pago del Impuesto sobre las Utilidades

La Paz, 17 de abril de 2026 (ABI).- El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informó este viernes que amplió hasta el 29 de mayo el plazo para la presentación de declaraciones juradas y el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE).

Con el objetivo de optimizar los servicios al contribuyente y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el SIN aprobó la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000014, que introduce modificaciones para la presentación de estados financieros, memorias anuales y estudios de precios de transferencia, permitiendo una gestión más ágil a través de plataformas digitales.

“También la administración tributaria determinó prorrogar hasta el 29 de mayo de 2026 el plazo para la presentación de declaraciones juradas y el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas”, señala un reporte institucional.

La medida beneficia a los contribuyentes con cierre de gestión fiscal al 31 de diciembre de 2025, quienes contarán con el mismo plazo para el envío digital de su documentación financiera y tributaria complementaria.

Digitalización y nuevos criterios

La normativa modifica la RND Nº 101800000004 y establece que el envío de los estados financieros o la memoria anual debe realizarse exclusivamente de forma digital a través del sistema SIAT. Para ello, se definieron criterios diferenciados según el volumen de ventas:

Ingresos menores a Bs 1.700.000: Los contribuyentes deberán enviar, mediante el Formulario 605, documentos base como el Balance General, Estado de Resultados e Inventario Físico Valorado, entre otros.
Ingresos iguales o mayores a Bs 1.700.000: Además de los documentos contables, deberán adjuntar de forma obligatoria la Información Tributaria Complementaria y, en formato PDF, el Dictamen de Auditoría Externa, el Dictamen Tributario y el Informe de Procedimientos Mínimos Tributarios.

Respecto a los estudios de precios de transferencia, la RND dispone que también deberán remitirse mediante el SIAT en formato PDF, junto con los estados financieros correspondientes, mientras que el Formulario Electrónico 601 se mantendrá a través del módulo Da Vinci de la Oficina Virtual.

Alcances de la prórroga

La ampliación del plazo hasta el 29 de mayo abarca tanto el cumplimiento de la obligación impositiva del IUE como la remisión digital de la documentación de respaldo, como la memoria anual, estados financieros y estudios de precios de transferencia, entre otros.

La normativa aclara que los contribuyentes que ya hubieran presentado su documentación de forma física antes de la publicación de esta RND no están obligados a reenviarla en formato digital. En tanto, quienes aún no cumplieron con esta obligación deberán realizar el envío digital mediante la actualización del SIAT a partir del 22 de abril.

Fuente: ABI

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