* Los condenados por feminicidio, infanticidio, asesinato o tráfico de drogas no podrán acceder a este beneficio judicial
Potosí, Kollasuyo Digital
El Decreto Supremo de indulto sólo beneficiará a las personas privadas de libertad que cuenten con sentencia condenatoria ejecutoriada y una pena igual o menor a diez años, sin que sea necesario haber cumplido una parte de la condena.
Según explicó el diputado de Comunidad Ciudadana, Juan José Torrez, los privados de libertad procesados o condenados por feminicidio, infanticidio, asesinato o delitos vinculados a la Ley 1008 no podrán acceder a este beneficio.
El legislador agregó que una comisión de alta jerarquía será la encargada de clasificar los casos y determinar quiénes pueden ser favorecidos, priorizando a aquellas personas que hayan mostrado buena conducta y no tengan sanciones disciplinarias.