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La justicia española deja a Dani Alves en libertad provisional bajo fianza de un millón de euros

La Audiencia de Barcelona ha acordado dejar en libertad provisional al exfutbolista Dani Alves, tras el pago de una fianza de un millón de euros, mientras se resuelven los recursos a la sentencia que le condenó a cuatro años y medio por violar a una joven en una discoteca de la Ciudad Condal.

En la vista celebrada este martes en la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona para valorar la petición de la defensa de Alves para dejarlo en libertad, el exfutbolista, que declaró por videoconferencia desde la prisión en la que permanece desde que fue detenido en enero de 2023, aseguró que no iba a huir.

Sin embargo, la Fiscalía y la acusación particular se opusieron a que quedara en libertad, mientras que su defensa argumentó que ya había cumplido una cuarta parte de la pena impuesta.

Así, tras la vista, el tribunal ha resuelto, por mayoría y con voto particular, “acordar la prisión provisional de Daniel Alves da Silva eludible mediante el pago de una fianza de 1.000.000 euros”.

Retirada del pasaporte y prohibido acercarse a la víctima

Además, se procederá a la retirada de los dos pasaportes que tiene -el español y el brasileño-, y se le prohíbe salir del territorio nacional, así como también tendrá la obligación de comparecencia ante la Audiencia de Barcelona semanalmente, así como cuantas veces sea llamado por la autoridad judicial.

Asimismo, se impone a Alves la “medida de prohibición de aproximación a la denunciante a una distancia no inferior de 1.000 metros de su domicilio, lugar de trabajo y de cualquier otro lugar frecuentado por la misma, así como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento”, hasta que recaiga sentencia firme; declarando de oficio las costas.

Fuentes de la defensa de Alves han asegurado que la familia del exfutbolista intenta reunir el dinero de la fianza para afrontar el pago solicitado como condición para poder salir de prisión.

El tribunal valora que ya no hay riesgo de fuga y el tiempo en prisión

El tribunal recuerda en su fallo que “la función de la prisión provisional no puede ser en ningún caso la de adelantar los efectos de una hipotética pena que pudiera serle impuesta al acusado o la de impulsar la investigación del delito u obtener pruebas o declaraciones, ya que con tales fines la privación de la libertad excedería de los límites constitucionales”.

También precisa que sobre el riesgo de fuga, del que alertaba la Fiscalía, que la medida de prisión provisional ya no tiene justificación y que hay que tener en cuenta también “las circunstancias personales del inculpado para valorar la necesidad de mantenimiento de dicha medida”.

Además, el tribunal valora que la pena que se le impuso finalmente se redujo “de forma ostensible” en relación a la que solicitaban la Fiscalía, que era de 9 años, y la acusación particular, que era de 12.

Asimismo tiene en cuenta que “lleva cumplidos 14 meses de forma preventiva” y que, aunque se podría prorrogar hasta la mitad de la condena impuesta, “difícilmente” la sentencia adquirirá “firmeza” antes de que eso ocurra.

Voto particular

La sentencia tiene un voto particular del ponente Luis Belestá, que discrepa del criterio de la mayoría, pues considera que se debería “prorrogar la situación provisional del acusado con el límite máximo de la mitad de la pena impuesta, esto es, dos años y tres meses de prisión”, mientras se resuelven los recursos de apelación interpuestos.

A su juicio, “los argumentos que llevaron a acordar la prisión provisional, no solamente se han confirmado, sino que se han reforzado”. En este sentido, ha defendido que el riesgo de eludir la acción de la justicia persiste y de hecho, recuerda que la Audiencia de Barcelona lo determinó así “hasta en tres ocasiones”, siendo la última el pasado 23 de noviembre de 2023.

Cree que las “circunstancias que concurrían” en las anteriores ocasiones “no solo se mantienen en el momento actual, sino que se han visto incrementadas con el dictado del pronunciamiento condenatorio”. Además, subraya que cabe la posibilidad de la condena pueda verse aumentada tras los recursos de la Fiscalía y la acusación particular.

Además, recuerda que la Audiencia de Barcelona, en otros casos similares, con penas inferiores a las de Alves, “se han ratificado las decisiones de prorrogar la prisión provisional para evitar el riesgo de fuga”.

Fuente: EL PAÍS 

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