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El Senado sanciona la Ley de las Elecciones Judiciales y la remite al Ejecutivo para su promulgación

Conformado por 42 artículos, cinco disposiciones adicionales y una disposición final, el proyecto de ley fija un plazo de hasta 80 días calendario para el proceso de postulación y preselección de postulantes y de hasta 150 días calendario para la organización y realización de la elección.

Tras un amplio debate, que se alargó por aproximadamente cuatro horas, la Cámara de Senadores sancionó la Ley de las Elecciones Judiciales y la remitió al Ejecutivo para su promulgación.

La Ley, según el secretario de Cámara, fue aprobado por unanimidad y tras aprobarse una moción de suficiente discusión. Los Senadores aprobaron las modificaciones realizadas por Diputados a la Ley 144 y así fue sancionada.

Así, ambas cámaras cumplieron con el acuerdo firmado la pasada semana – en la Comisión Bicamaral- para el pronto sancionamiento de la Ley que permitió que los seguidores de Evo Morales levanten la mayoría de sus bloqueos de caminos, al menos por el momento.

No obstante, al momento aún se mantienen ocho puntos de bloqueo, que continúan aislando a Cochabamba con el resto del país.

La ley fue aprobada por Diputados durante la madrugada de este martes. En la sesión, algunos legisladores pidieron sin resultados modificar el acuerdo político e incorporar una disposición final sobre la cesación de los actuales magistrados del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

La Ley

Conformado por 42 artículos, cinco disposiciones adicionales y una disposición final, el proyecto de ley fija un plazo de hasta 80 días calendario para el proceso de postulación y preselección de postulantes y de hasta 150 días calendario para la organización y realización de la elección.

Adecuada a la declaración constitucional 0049/2023, la propuesta pone a la meritocracia como un elemento central para la preselección de los candidatos judiciales con la finalidad de contar con los mejores profesionales en el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental, el Tribunal Constitucional Plurinacional y el Consejo de la Magistratura.

Hasta 30 puntos se calificará las maestrías, hasta 40 los doctorados, la experiencia profesional y otros aspectos tendrán una valoración que sumados llegarán a 200 puntos.

A diferencia del proyecto de ley 144 aprobado por el Senado, en octubre de 2023, en esta propuesta final se incluyó, además de la evaluación de méritos, evaluaciones escritas y orales.

El artículo 35 establece la elaboración de una batería de preguntas desagregadas una por una, con sus respectivas respuestas por áreas de especialización de los cuatro órganos, confeccionadas por facultades de Derecho de Universidades públicas y privadas, Escuela de Jueces del Estado y Colegios Nacionales de Abogados.

Solo aquellos que lleguen a sumar 130 puntos podrán pasar la preselección, que estará a cargo de las comisiones mixtas de Justicia y Constitución de ambas cámaras.

Una vez aprobado en el plenario de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por dos tercios de voto, la lista de los preseleccionados pasará al TSE para preparar y desarrollar las elecciones judiciales en un plazo de 150 días.

En esta etapa también se acortó de 30 a 15 días el plazo para conocer los resultados oficiales y los nombres de los nuevos magistrados.

Fuente: OXÍGENO.BO 

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