Página
Digital

Página Digital

sábado, junio 22, 2024

Potosí - Bolivia

57 años
Desde 1967 - 2024

La Potencia Informativa

Radio en Vivo
InicioNacionalEl TCP establece...

El TCP establece que la reelección indefinida no es un derecho humano y no está vigente en el país

Con la decisión del TCP ningún boliviano podría ocupar el cargo de Presidente o Vicepresidente por más de dos periodos, sean continuos o discontinuos. La Sentencia Constitucional 1010/2023 deja sin efecto la 084/2017, que había sido utilizada por Evo Morales para presentarse como candidato el 2019.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió, en las últimas horas, la Sentencia Constitucional 1010/2023 mediante la cual resolvió que en el país no existe la figura de la reelección presidencial y tampoco se considera a la misma como un “derecho humano”.

Con la decisión del TCP, según informaron Correo del Sur y El Deber, ningún boliviano podría ocupar el cargo de Presidente o Vicepresidente por más de dos periodos, sean continuos o discontinuos.

El mismo razonamiento se aplica para los senadores y diputados. En cambio, las autoridades judiciales pueden ejercer dos mandatos continuos o discontinuos, pero nunca en el mismo tribunal.

Según informó Correo del Sur, para su decisión, el TCP hizo prevalecer la Opinión Consultiva planteada por el Gobierno de Colombia en 2019 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con el objeto de interpretar el alcance de la figura de la reelección presidencial indefinida, en el contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Precisamente el 7 de junio de 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Opinión Consultiva en la que concluyó que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo “pues no cuenta con reconocimiento normativo en la Convención ni en la Declaración Americana, y de forma general, en el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos, en otros tratados internacionales, en la costumbre regional, ni en los principios generales de derecho”.

Así, los actuales magistrados del TCP dejaron sin efecto la sentencia constitucional 084/2017 firmada por sus colegas Macario Lahor Cortez, Oswaldo Valencia, Zenón Bacarreza, Mirtha Camacho, Ruddy Flores y Neldy Andrade.

La sentencia constitucional 084, emitida el 2017, declaraba a la reelección presidencial como un derecho humano y esa sentencia fue utilizada por Evo Morales para repostularse a la presidencia el 2019, a pesar de que la Constitución y un referéndum rechazó tal posibilidad.

Fuente: OXÍGENO.BO 

Últimas Noticias

Continua leyendo

En Tiwanaku, Arce pide un año nuevo sin peleas ni discordias y más producción agropecuaria

En las ruinas arqueológicas prehispánicas de Tiwanaku, el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, acompañado del vicepresidente, David Choquehuanca, autoridades nacionales, organizaciones sociales y población en general levantó sus manos para recibir los rayos del sol que dieron la...

Transporte da 72 horas al Gobierno para cumplir sus demandas, caso contrario irán a un paro movilizado

El tercer ampliado nacional del transporte pesado determinó dar un plazo de 72 horas hábiles, a partir del lunes 24, al Gobierno nacional para que cumpla las demandas de este sector, caso contrario irán al paro movilizado indefinido con...

Advierten sobre “modus operandi” de supuesta pareja de estafadores

* Al menos, cinco personas fueron engañadas con más de 28.000 bolivianos Potosí, Kollasuyo Digital Una pareja de supuestos estafadores fue denunciada esta mañana y sus presuntas víctimas hicieron conocer cómo actúan estas personas en la ciudad de Potosí para obtener...