* Hasta mediados del 2024 debe cerrar Laguna Pampa I y II por decisión del Tribunal Constitucional
Potosí, Kollasuyo Digital
Los diques de colas Laguna Pampa I y II debe encapsularse mediante un domo para evitar la contaminación por vía suspensiva y como parte de las medidas preventivas y restauradoras, según la sentencia 1064/2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) remitida ayer a la Comisión de Minería y Medioambiente del Concejo Municipal de Potosí.
Por ello, la presidenta de esta comisión, Reyna Menacho, comunicó hoy que el TCP concedió la tutela total de la acción popular planteada junto a los vecinos de la comunidad de Cantumarca en junio pasado, contra la Asociación de Ingenios Mineros.
La acción popular en primera instancia – Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) – concedió la tutela en parte, señalando que en 365 días deberían cerrarse los diques de colas de la Asociación de Ingenios en base a un plan de operaciones y que estaban prohibidos de continuar descargando las colas secas en estas presas.
Ahora, el TCP ordena la construcción de un domo para evitar que continúe la contaminación, además de cerrar definitivamente Laguna Pampa I y II en el plazo previsto, explicó Menacho.
Asimismo, la sentencia constitucional de la Sala Tercera del TCP hace notar que la Sala Constitucional Primera del TDJ actuó, en parte, de forma incorrecta, por lo que revocó su decisión.
Willy Alcocer Salas