2 de abril (Urgente.bo).- Este lunes, el presidente Luis Arce promulgó cuatro decretos supremos por el Día del Trabajador. Los decretos establecen un incremento salarial, asuetos por agasajos en su honor y licencias por estudio para trabajadores privados y públicos.
Decreto Supremo N° 4926
Según el documento al que tuvo acceso Urgente.bo, la normativa tiene por objeto establecer el beneficio de la Licencia Especial por Capacitación y Formación Profesional, para ser beneficiado el trabajador debe tener más de seis meses de antigüedad en la empresa o establecimiento laboral.
“Las trabajadoras y los trabajadores que acrediten ser estudiantes en Universidades, Instituciones de Educación Superior de Formación Profesional, Institutos Técnicos y Tecnológicos e Instituciones de Educación Alternativa, tendrán derecho al goce y uso de la Licencia por Capacitación y Formación Profesional por dos horas diarias, con derecho a percibir el 100% de sus remuneraciones”, indica el decreto.
Decreto Supremo N° 4927
Este decreto tiene la finalidad de que las madres y los padres de familia puedan participar de actividades y actos de homenaje conmemorativos en su honor, dicho decreto tiene por objeto regular el goce del asueto por el día del padre y de la madre.
“La aplicación del asueto, establecido en los Parágrafos I y II del presente Artículo, deberá ser coordinada y supervisada por las oficinas de recursos humanos en el sector público; en el sector privado, el asueto deberá ser adecuado a sus modalidades y horarios de trabajo con la instancia responsable de recursos humanos u oficinas de personal. (…) IV. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social verificará el cumplimiento del presente Decreto Supremo”, indica el párrafo III Y IV de dicho decreto.
Decreto Supremo N° 4928
Dicho decreto tiene por objeto establecer el incremento salarial para la gestión 2023, para los profesionales y trabajadores en el sector salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social, SEDEGES, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana. “Se establece el incremento salarial de hasta el 3%”
El incremento salarial en el sector privado deberá ser acordado entre los empleadores con los trabajadores, “sobre la base del tres por ciento (3%)”.
Decreto Supremo N° 4929
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer el incremento salarial al haber básico de las servidoras y los servidores públicos de los Órganos Legislativo, Ejecutivo, Electoral, Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, Instituciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del Estado, y sus entidades Desconcentradas, Descentralizadas y Autárquicas.
Se excluye del incremento salarial a las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo del Nivel Central del Estado Plurinacional, manteniéndose su haber básico.
Presidente del Estado Plurinacional Bs24.251; Vicepresidente del Estado Plurinacional Bs22.904 y Ministros de Estado Bs21.556.
Fuente: URGENTE.BO