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El BCB exime temporalmente la aplicación del encaje legal, para que bancos dispongan de más dólares

El Banco Central de Bolivia aprobó una resolución de directorio que exime a las entidades financieras de Bolivia la constitución del encaje legal para los dólares, con el fin de atender la demanda de dólares por parte de los usuarios y clientes en el país. La medida es de carácter temporal y fenece el próximo 6 de marzo.

“Las Entidades de Intermediación Financiera quedan exentas de la constitución del encaje legal en la proporción establecida en el segundo párrafo del artículo 16 del mencionado reglamento, pudiendo éstas disponer de dichos recursos en el periodo señalado”, señala una carta que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero envío el 23 de febrero, para que las diferentes instituciones financieras cumplan con lo establecido por el BCB.

El encaje legal es la reserva sobre depósitos en moneda nacional y extranjera, que sirve como instrumento monetario para restringir o expandir el circulante también sirve como respaldo para la solvencia de los bancos, explicó uno analista económico consultado por Urgente.bo.

En otras palabras, esto significa que desde ayer 23 de febrero hasta el 6 de marzo, los bancos podrán disponer de más dólares en efectivo para atender los pedidos de sus clientes.

El periódico digital Urgente.bo consultó al BCB de Bolivia sobre esta medida adoptada por su directorio y esta fue la respuesta que hizo conocer.

“El Banco Central de Bolivia aprueba reglamentos en el marco de las competencias establecidas en los artículos 327 y 328 de la Constitución Política del Estado y la Ley 1670, donde se establece que el BCB es la entidad que formulará las políticas de aplicación general en materia monetaria, cambiaria y del sistema de pagos para el cumplimiento de su objeto. De igual manera, esta modificación se encuentra dentro del marco establecido por el Artículo 7 de la misma Ley, en el que se determina que el BCB es la entidad que podrá establecer encajes legales de obligatorio cumplimiento por las Entidades de Intermediación Financiera.

De acuerdo con las fuentes consultadas, las entidades financieras tienen la obligación de constituir el encaje legal que consiste en la reserva que captan en dólares.

El reglamento sobre el encaje legal que rige para las entidades financieras establece que se debe aplicar el 10% para el efectivo, el 4% para depósitos a plazo fijo superiores a los 720 días y 5% para el resto de los activos.

La medida de carácter temporal fue tomada por el Banco Central de Bolivia mediante Resolución de Directorio 36/2023, incorporó una disposición adicional única referida a la exención de la constitución del encaje legal entre el 23 de febrero y el 6 de marzo de 2023.

Fuente: URGENTE.BO

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