Por: Waldo Vargas Reyes
(RK 93 Kollasuyo) A diez días del paro indefinido que se viene realizando con mayor incidencia en la capital del Departamento de Santa Cruz; y, a pesar de haberse realizado varios espacios de dialogo para solucionar el tema del CENSO que se convirtió en el pan de cada día. El gobernador de Santa Cruz, como el Presidente del Comité Cívico, a través de sus redes sociales como en los medios de comunicación, sostienen que harán cumplir sus resoluciones de su cabildo y el CENSO si o si se realice el 2023 y que este es mandato sagrado para ellos, porque es la voz del pueblo. Mas o menos como dando a entender que esas resoluciones son vinculantes y de cumplimiento obligatorio.
En esa línea, el Comité Interinstitucional de Santa Cruz, resolvió exigir al presidente de los bolivianos, anular el Decreto 4760 y que el nuevo decreto señale que el censo se realice en octubre de 2023 y que el INE fije el día exacto del operativo estadístico en un plazo de 48 horas tras vigencia de la norma. Asimismo, que el mismo Decreto debe dar 72 horas para que se defina el calendario de actividades del operativo censal y la mesa técnica funcione en la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM) donde solo este el INE, tres técnicos del Comité Interinstitucional y la alcaldía de Tarija y La Paz. Es decir, ignorando y excluyendo el Encuentro Plurinacional realizado en la ciudad de Cochabamba el pasado 28 de octubre, que reunió a más de 300 autoridades de diferentes regiones de Bolivia donde sacaron cinco conclusiones, como el hecho de que: El Censo de Población y Vivienda es una iniciativa de carácter técnico, inclusivo, participativo y la fecha de ejecución debe ser determinada técnicamente a través de una comisión de especialistas, entre otros.
Amen de lo manifestado y sin el ánimo de excluir a ningún Entidad Territorial Autónoma del Estado Plurinacional, es bueno recordar que de acuerdo al art. 11 de la Norma Suprema, el Estado adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres y la democracia se ejerce de manera Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, EL CABILDO y la consulta previa, entre otros y de acuerdo con el artículo 35 de la Ley del Régimen Electoral, las asambleas y cabildos tienen un sentido netamente deliberativo y no vinculante a diferencia de otros mecanismos como es el referendo.
En consecuencia, dentro del Estado de derecho constitucional, las resoluciones de los cabildos tienen carácter deliberativo y sus decisiones no son de carácter vinculante u obligatorios y dentro de la democracia participativa y no excluyente, estas resoluciones deben ser consideradas, analizadas tanto por las autoridades y representantes en los niveles de decisión que corresponda, pero siempre comprendiendo que el Estado Plurinacional de acuerdo al art. 269 de la CPE está organizada territorialmente en 9 departamentos, 112 provincias, 342 municipios y varios territorios indígena originario campesinos y regiones.
Pueblos del Sur, 31 de octubre 2022